El juzgado de lo penal número 2 de Albacete ha condenado a los padres de un menor de Villarrobledo a una multa de siete meses con una cuota diaria de cinco euros por permitir a su hijo no ir a clase.
Según recoge la sentencia, se considera probado que los acusados, J.R.C.D. y M.I.M.P., permitieron que su hijo menor de edad no acudiera en numerosas ocasiones al instituto en el que cursaba sus estudios durante los cursos 2008-2009 y 2009-2010. Añade también que los acusados, "faltando a su obligación como padres", no colaboraron ni con los técnicos del centro ni con los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
La sentencia recoge que han quedado acreditadas las numerosas faltas a clase del menor y que, a tenor de los informes presentados, en el curso 2008-2009 fueron numerosos los intentos por citar a los padres, incluso con distintas visitas al domicilio y al lugar de trabajo de éstos. Incluso, se consiguió que en mayo de 2008 acudiera el menor con uno de sus padres al centro y se comprometiera "a estudiar, a hacer los deberes y a no llegar tarde a clase ni saltarse las clases".
Sin embargo, en el curso 2009-2010 se reprodujo la misma situación y no se logró contactar con los padres, a pesar de los intentos. La sentencia plantea que hubo "dejadez y falta de preocupación" de los padres y que el argumento que dieron para razonar las faltas fue que su hijo "no quería ir a ese centro y prefería ir a otro donde estaban sus amigos", algo que para el tribunal no sirve para justificar "la negligencia de los padres" que, añade, "podrían haber intentado cambiar al menor de centro". Contra esta sentencia se puede plantear recurso de apelación en el plazo establecido de 10 días.